Desafíos actuales de la Inteligencia Artificial

156 Desafíos actuales de la Inteligencia Artificial a conceptos como la sostenibilidad, el respeto por el medio ambiente o la transición ecológica justa. Debido a la naturaleza de las directrices, que sirvieron como un ejercicio de estudio preparatorio en el que se planteaba el futuro marco regulatorio de la IA; y a su contenido, que señala que las consideraciones relativas al medio ambiente son indisolubles del concepto de ética, era una expectativa razonable que el posterior desarrollo normativo del RIA reflejase estas consideraciones, quizás no de manera directa, pero sí considerable y que situase la fiabi- lidad como un motivo distintivo de carácter europeo necesario en los sistemas de inteligencia artificial para garantizar que su desarrollo y su empleo sean éticos. 2. REGLAMENTO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL El 12 de julio de 2024 se publicó oficialmente el texto del Reglamento de Inteligencia Ar- tificial (RIA) en el DOUE 10 y, pese al valor que se había dado a la responsabilidad medioam- biental y a la creación de un marco de protección del medio ambiente, estas consideraciones han quedado muy reducidas, lo que abre un escenario incierto de cara a la lucha contra el cambio climático y al desarrollo tecnológico de la UE. En el texto final la preocupación por el medio ambiente se refleja de manera muy limita- da, tanto por su localización dentro del texto, como por la profundidad de los compromisos que se han alcanzado. En las consideraciones iniciales aparecen mencionadas de manera re- gular, equiparando su importancia con la de la protección de los derechos fundamentales o de la democracia. Estas tres ideas se presentan de manera conjunta en numerosas ocasiones en el preámbulo, posicionándolas en un nivel de atención equiparable. Sin embargo, este interés se ve considerablemente diluido a lo largo del articulado, en el que las referencias al medio ambiente y a la protección medioambiental se reducen, y en aquellos momentos en los que se mencionan se encuentran separadas de las consideraciones relativas a las evaluaciones de riesgos. La exclusión del impacto ambiental de la clasificación de riesgos limita enormemente la eficacia de las previsiones ambientales que sí que se recogen en el texto, ya que éstas no se encuentran enmarcadas en un régimen de control o seguimiento firme que cree obligaciones para el desarrollo o puesta en marcha de los sistemas. Esta decisión implica la falta una pro- tección diferenciada del medio ambiente y excluye las consideraciones climáticas de los me- canismos de evaluación de derechos fundamentales. La disonancia entre la aparición cons- tante de la cuestión ambiental en el preámbulo y el tratamiento muy limitado que obtiene en el articulado refleja un trato irregular ya que no se ha establecido un sistema de protección medioambiental, pero se ha incluido el concepto de impacto o protección medioambiental de manera diferenciada junto con otros objetivos prioritarios de la Unión en el preámbulo. 10 Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 300/2008, (UE) nº 167/2013, (UE) nº 168/2013, (UE) 2018/858, (UE) 2018/1139 y (UE) 2019/2144 y las Directivas 2014/90/UE, (UE) 2016/797 y (UE) 2020/1828 (Reglamento de Inteligencia Artificial). DOUE-L-2024-81079

RkJQdWJsaXNoZXIy NTEwODM=