Desafíos actuales de la Inteligencia Artificial
Repensar la participación ciudadana ante la justicia constitucional 167 1. INTRODUCCIÓN En los últimos diez años, el constitucionalismo deliberativo (CD) se ha consolidado como una de las teorías más sólidas para desarrollar la clásica discusión de teoría constitucional sobre la tensión entre revisión judicial y democracia . El CD es un concepto dentro del cual caben diversas concepciones 2 , por lo cual cualquier propuesta que pretenda basarse en esta teoría debe explicar con precisión tanto el concepto como las distintas concepciones del CD, con el fin de evitar malentendidos e imprecisiones conceptuales. En este artículo, siento las bases para el desarrollo de una concepción inclusiva del CD espe- cíficamente enfocada en la justicia constitucional y soportada en el uso de tecnologías digita- les basadas en inteligencia artificial (TDIA) para promover la participación ciudadana ante tribunales constitucionales 3 . En la segunda sección (2) de este trabajo desarrollo esta idea en términos generales y en la tercera sección (3) recapitulo y presento algunas conclusiones. 2. UNA CONCEPCIÓN INCLUSIVA DEL CONSTITUCIONALISMO DELIBERA- TIVO: REVISIÓN JUDICIAL PARTICIPATIVA MEDIADA POR TECNOLOGÍAS DIGITALES BASADAS EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL Esta sección está dividida en tres subsecciones. En la subsección 2.1. presento una ca- racterización parcial del CD 4 recurriendo a dos conceptos que denomino el “continuo deli- 2 Respecto de la diferencia entre conceptos y concepciones , González Ricoy y Queralt señalan lo siguiente: “Según esta distinción, los conceptos sólo incluirían los elementos que antes llamábamos centrales. Serían, por tanto, más sucintos y menos controvertidos que las concepciones, que serían interpretaciones completas y más disputadas de los conceptos. Así, el concepto de discriminación podría definirse como «trato desfavorable por pertenencia a un grupo», mientras que sus diversas concepciones detallarían qué tratos, hacia qué grupos y con qué efectos cuen- tan como desfavorables. O el concepto de democracia podría definirse como «gobierno del pueblo», mientras que sus diversas concepciones detallarían quiénes forman el pueblo, cómo gobiernan y sobre qué. Los conceptos serían, según Timothy Williamson, sucintos como las entradas de un diccionario, mientras que las concepciones serían extensas como las de una enciclopedia. De modo que las controversias entre concepciones reñidas de la discriminación o la democracia serían compatibles con el acuerdo sobre tales conceptos, cuyo significado de mínimos, al ser compartido, sería más apto para el análisis conceptual” (González Ricoy y Queralt 2021, 31-32). 3 En este texto utilizo el término “tribunal constitucional” de manera abstracta para referirme tanto a tribunales constitucionales stricto sensu como a tribunales supremos que cumplen la función de revisión de constitucionalidad de la legislación. 4 La caracterización que presento es parcial debido a que me limito a poner sobre la mesa un marco heurístico que permite clasificar las distintas posturas que, dentro del campo disciplinar del CD, se pueden asumir frente al debate sobre la tensión entre revisión judicial y democracia; una caracterización integral del CD necesitaría ir más allá y analizar, desde una perspectiva sistémica, asuntos relacionados con otros elementos del sistema constitucional, como por ejemplo los mecanismos de reforma y reemplazo constitucional y el rol de mecanismos de democracia directa como los referendos, entre otros. Agradezco a Vicente Aylwin por haberme llamado la atención sobre la necesidad de hacer esta precisión. Para un análisis sucinto, pero completo, del CD, véase: Kong y Levy (2018). Un estudio extenso y detallado del CD se encuentra en Levy et al. (2018)
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