Desafíos actuales de la Inteligencia Artificial

170 Desafíos actuales de la Inteligencia Artificial Así, dentro del continuo deliberativo delimitado por el juez elitista epistémico y el juez par- ticipativo epistémico-sustantivo 9 , algunos abogan por restringir, y otros por ampliar, los actores sociales e institucionales que deben participar de las discusiones constitucionales. Pero en todo caso, el requisito mínimo para ser parte del campo del constitucionalismo deliberativo es el compromiso subyacente con el ideal regulativo de la democracia deliberativa 10 . En el siguiente esquema resumo estas ideas gráficamente. Esquema 1. El constitucionalismo deliberativo como campo disciplinar Fuente: Elaboración propia 9 Estas figuras ficticias, como dije, representan las fronteras posibles del constitucionalismo deliberativo. Entre este par de extremos ficticios, se pueden encontrar muchas posiciones y variaciones reales. Pero los integrantes del campo disciplinar estamos unidos por una especie de consenso superpuesto cuyo marco es el continuo deliberativo : el acuerdo sobre que las decisiones constitucionales se tienen que basar en procedimientos deliberativos. De esta manera, en la discusión sobre la tensión entre revisión judicial y democracia, el CD, en lugar de “centrarse en la cuestión de si la revisión judicial es ilegítima porque frustra la voluntad democrática”, afirma que “la revisión judicial es legítima en la medida en que facilita la deliberación democrática, tanto dentro de las instituciones del poder público (incluidos los tribunales) como en la sociedad en general” (Kong y Levy 2018, 634). 10 Sobre democracia deliberativa, los siguientes textos son imprescindibles: Bächtiger et al. (2018) y Martí (2006). Es importante aclarar que existen distintas concepciones de la democracia deliberativa. Personalmente, me identifico con una concepción participativa de la democracia deliberativa muy cercana a la esbozada por La- font, aunque tal vez con cierta inclinación neo-republicana, que considera que la democracia deliberativa tiene justificaciones normativas tanto epistémicas como sustantivas. Al respecto, véase: Cortés-Arbeláez (2023).

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