Desafíos actuales de la Inteligencia Artificial

232 Desafíos actuales de la Inteligencia Artificial rios examinadores), lo que no solamente mejoraría la calidad de dicha búsqueda, sino que también liberaría tiempo de trabajo que podría ser dedicado a otras actividades de mayor valor añadido, dentro o fuera del procedimiento de concesión. Desde el punto de vista de los usuarios y/o del solicitante, se podrían reducir drásticamente los plazos asociados del proce- dimiento, dando por tanto más tiempo al solicitante a decidir, por ejemplo, si proseguir con el procedimiento o si extenderlo a otras jurisdicciones para obtener protección. En definitiva, el resultado sería mejor que el de un humano sin que los potenciales perjuicios (prácticamente inexistentes, en nuestra opinión) superen a los riesgos aceptables de uso, en clara puesta en práctica del principio de cautela o precaución 28 . No obstante, la situación no es tan sencilla si hablamos del examen de la actividad in- ventiva, en tanto se pasa de analizar diferencias cuantitativas entre la invención y el estado de la técnica a una apreciación verdaderamente cualitativa 29 . Si el examen de novedad es, fundamentalmente, un ejercicio comparativo de carácter retrospectivo, el juicio sobre la ac- tividad inventiva es una hipótesis a seleccionar entre varias tras la realización de un ejercicio de prospectiva. Tal y como se reconoce en el artículo 56 del CPE, una invención conlleva ac- tividad inventiva si, teniendo en cuenta el estado de la técnica, no resulta obvia a una persona experta en la materia. Este requisito persigue un claro objetivo: las patentes deben proteger solamente aquellas invenciones que presentan un paso adelante suficiente desde el estado de la técnica al que la invención pertenece, a fin de evitar conceder derechos de exclusiva sobre meros avances tecnológicos que serían obvios para un especialista y quizá también para la población general. En términos prácticos, analizar la existencia de actividad inventiva supone otra compleja operación que puede ser resumida en los pasos siguientes: en primer lugar, deben identificar- se los caracteres técnicos esenciales de la invención cuya patente se busca obtener; en segundo lugar, debe determinarse tanto la fecha de presentación como el estado de la técnica y, en tercer lugar, se examina si, a la vista del estado de la técnica en dicho momento, la invención sería obvia o no para el experto en la materia. La pieza clave, por tanto, resulta ser la apre- ciación por parte del denominado como experto en la materia ( skilled addressee ). Esta persona es la encargada de llevar a cabo los trámites administrativos necesarios para determinar si la invención conlleva actividad inventiva, esto es un, examinador de patentes profesionalmente dedicado a ello en el ámbito de una Oficina de Propiedad Industrial 30 . Las Directrices de 28 CIERCO SIERRA, C: “El principio de precaución: reflexiones sobre su contenido y alcance en los Derechos comunitario y español”, Revista de Administración Pública (2004), núm. 163, pp. 73-126. 29 BENTLY, Lionel, SHERMAN, Brad, GANGJEE, Dev, JOHNSON, Phillip: opus cit. , p. 578 y ss. 30 En el caso español, los examinadores de patentes son funcionarios de carrera de la Escala de Titulados Supe- riores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria y Turismo, especialidad de Propiedad Industrial, colectivo funcionarial adscrito al Subgrupo A1, según la clasificación establecida por la disposición transitoria tercera del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Se considera que este colectivo funcionarial participa directa o indirecta en el ejercicio del poder público o en funciones que tienen por objeto la salvaguarda de los intereses del Estado o de las Administraciones públicas, en tanto el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de

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